LA IMPORTANCIA DE LA PROHIBICIÓN DE LOS DESAHUCIOS

El Gobierno aprobó el nuevo Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre por el cual se prohíben los desahucios y los cortes de luz y gasta durante todo el Estado de Alarma. 

Esta prohibición de desahucios media en familias vulnerables que no tengan una vivienda alternativa en la que residir y, tampoco podrá cortarse los suministros básicos a dichas familias vulnerables cuando no puedan hacer frente a las mismas.

 

¿A QUIÉN AFECTA?

¿A quién afecta esta nueva normativa? A aquellos que como consecuencia de la crisis causada por el Coronavirus tengan problemas económicos y, también a quienes los sufrieran previo a la llegada del Covid-19. Sólo podrá desalojarse si la propia Comunidad Autónoma facilita a esa familia una vivienda alternativa.

¿Y los propietarios quedan en situación de desamparo? NO, tendrán derechos a una compensación por parte del Estado, con independencia de si son grandes o pequeños tenedores. 

¿Y de cuánto será la compensación? Su cálculo se hará en base al Índice de Precio del Alquiler elaborado por el propio Ministerio de Transportes y, podrá cobrarse a partir de los tres (3) meses desde que se dio la orden de suspensión del desahucio.

 

¿LEGITIMA A LA «OKUPACIÓN»?

¿Legitima a la “okupación”? NO, pues se trata de una medida totalmente extraordinaria y excepcional, tomada en consideración por la crisis causada por la pandemia del Covid-19.

 

OTRAS CUESTIONES

¿Me pueden cortar la luz, el agua o el gas? NO podrán cortarla a aquellas familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad (en este caso hay que verificar si se cumple el requisito de que la cuantía del ingreso familiar sea inferior a la establecida en la propia normativa).

¿Afecta a alguna otra materia? SÍ, en tanto en cuanto hace alusión a medidas en el ámbito del transporte por carretera.

 

CONTACTA CON NOSOTROS

Si tienes cualquier duda, Odbrana Legal es tu sitio.

Leave a Reply