HÍPICA: PERROS ATADOS, ¿ES OBLIGATORIO?

HÍPICA: PERROS ATADOS, ¿ES OBLIGATORIO?

Recientemente, me ha comentado un compañero el altercado sufrido con un perro suelto y la caída de una niña de un caballo alquilado. Siempre recordaré, como ejemplo de la importancia de tener a nuestras mascotas atadas, en el CSO de Villarcayo – año 2013 –, en el que un perro suelto se metió en medio de la pista de competición y el caballo le dio una coz en la cabeza al animal.

 

Debemos partir de la premisa de que, practicar deporte ecuestre conlleva un riesgo. No obstante, lo anterior, para el caso de que se produzca la caída del jinete o amazona como consecuencia de la actitud de un perro suelto, la responsabilidad civil, con carácter general, será de su titular.

 

En este sentido, el artículo 1.905 del Código Civil señala: “el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa con que lo hubiese lo hubiese sufrido”.

 

La Ley estatal en términos generales menciona que todos los perros deben estar atados mediante correa cuando se encuentren en espacios públicos con la excepción de los parques de perros vallados. Ahora bien, ciertos Ayuntamientos han legislado para dejar pasear con el perro suelto, bajo ciertas condiciones.

 

Por su parte, la mayoría de los Centros Ecuestres recuerdan en su normativa interna la obligatoriedad de llevar a sus animales atados. Buen ejemplo de ello es Yeguada Finca Maeza que, en cada uno de sus concursos hacen aviso de tal deber.

 

 

CONCLUSIONES

Hípica: Perros atados. ¿Es obligatorio? Para el caso de que quien practica el deporte ecuestre sufra una caída como consecuencia de un perro suelto, cabe plantearse la posibilidad de imputar responsabilidad civil por tenencia del animal. Tanto si eres el perjudicado como poseedor del perro, recomendamos acudir a un Abogado especializado en Derecho Deportivo Ecuestre.

 

 

AUTORA Y ARTÍCULOS

Cristina Prado Benéitez, Abogada en Sagasta 21 Abogados (especializada en Derecho Deportivo Ecuestre), Consultora Externa en Legintech, Docente de Universidad y Escritora Colaboradora en distintas Entidades (ChaccoE&JLegal TodayEquisensDiario Jurídico o EOB Editorial).

 

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