En el presente artículo continuaremos con el desarrollo y análisis del dopaje en el mundo ecuestre. ¿Qué se entiende por antidopaje a efectos de la Real Federación Ecuestre Española?
El dopaje puede ser entendido como aquella acción por la que se infringe la normativa vigente en materia de dopaje. Con dopaje no sólo nos referimos al resultado analítico adverso con base en una muestra recogida en un control, sino que va más allá, entendiéndose por dopaje también aquellas acciones directamente relacionadas con el consumo de sustancias prohibidas o con la utilización de métodos prohibidos en el deporte, llegando incluso a referirse tal término a ciertas acciones indirectas que derivan en tal ilicitud.
El dopaje está prohibido en el mundo ecuestre por diversas razones entre las que se encuentran:
En la actualidad, existe un único listado de sustancias y métodos prohibidos en el deporte ecuestre, listado que se fundamenta en el Código Mundial Antidopaje, la cual es actualizada, como mínimo, una vez al año por la Agencia Mundial Antidopaje. El listado de sustancias y métodos prohibidos se divide en:
Una de las recomendaciones que se realiza a los deportistas es la comprobación de los medicamentos. ¿Por qué? La AEPSAD ha desarrollado la aplicación NO DOP APP en donde se comprueba si los medicamentos comercializados en España contienen alguna sustancia prohibida. Para verificar los medicamentos pertenecientes a otros países, existen otras aplicaciones muy interesantes, las cuales podéis descubrir en el siguiente enlace.
Por su parte, en el caso de que concurran las circunstancias que justifican su uso por ser imprescindible para la salud del deportista, debe solicitarse una Autorización de Uso Terapéutico, también conocida por las siglas AUT. En el caso de que sea una urgencia justificada, se podrá solicitar dicha autorización con carácter retroactivo.
Debe tenerse en cuenta que un alto porcentaje de los casos de dopaje se producen como consecuencia de la utilización de los complementos alimenticios, toda vez que algunos de ellos cuentan con ingredientes incluidos en el listado de sustancias prohibidas en el deporte, por lo que se recomienda solicitar un asesoramiento a un profesional de la salud.
El control del dopaje en el mundo ecuestre parte de un proceso que se divide en 10 etapas:
Por último, mencionar al órgano competente en materia de protección de la salud en el deporte. La Agencia Española se encuentra adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes, siendo el organismo público a través del cual se desarrollan las políticas estatales referentes a la protección de la salud en el deporte y de la lucha contra el dopaje.
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Imágenes cedidas por: Victoria Ramón Lafuente.