Deporte ecuestre: Jurisprudencia. En esta publicación se analiza la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), de 16 de Octubre de 1998, rec. 1635/1994. El ponente fue el Magistrado D. Antonio Gullón Ballesteros, siendo el sentido del fallo el de la desestimación.
Es recurrida en casación la Sentencia que rechazó la indemnización de daños y perjuicios solicitada por la demandante y recurrente, por las lesiones sufridas al caer del caballo que había alquilado para montar. Centra la Audiencia su resolución en la inexperiencia de la recurrente para la monta de caballos.
Rechaza el TS el intento de la recurrente de desplazar la carga de la prueba a la demandada, sin que haya intentado probar lo erróneo del juicio de la Audiencia. Afirma que montar un caballo crea el riesgo para el que lo monta sin saber equitación y se entiende que el jinete lo acepta, sin que durante el recorrido ocurriera nada anormal referido al caballo. Respecto a la pretendida aplicación del art. 1905 del Código Civil añade que la responsabilidad por riesgo de este precepto no beneficia al jinete que lo alquila, pues el caballo pasa a su posesión real y efectiva durante el recorrido.
Deporte ecuestre: Jurisprudencia. Se alegan una serie de fundamentos de Derecho tales como:
Se desestima el recurso de casación interpuesto con imposición de costas a la parte recurrente y con pérdida del depósito constituido.