Recientemente hemos sido conocedores del llamado cártel de coches, en donde se fijaron implícitamente precios entre los años 2006 a 2013, cártel en el que participaron la mayoría de las marcas de las empresas del sector automovilístico.
Ello supuso para los consumidores un perjuicio económico al haber pagado un sobreprecio que en ningún caso debieron soportar, lo que ha derivado en la posibilidad de reclamar una indemnización por dicho quebranto.
No hay una cuantía fijada si bien podemos estimar que será en torno a un 10% del valor del vehículo, pudiendo llegar hasta el 20% abonado por el consumidor más los intereses legales.
Debes de haber adquirido el coche ente Febrero del año 2006 y Julio del 2013.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo tras haber analizado la jurisprudencia y valorado otras resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que los afectados puedan reclamar la indemnización correspondiente a su caso.
Hay un amplio abanico, pues hablamos de más del 90% de la cuota de mercado, o lo que es lo mismo, más de 10.000.000 de vehículos afectados, en donde podemos resaltar las siguientes marcas: Citroen, Mitsubishi, BMW, Cheverolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, KIA, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Lexus, Toyota, Audi, Skoda, VW, Saab y Volvo.
Entonces no podrás reclamar.
¡Sí que se puede reclamar!
Tan simple como contactar con nosotros. Tendrás que contar con la factura de la compra del coche y el justificante de su adquisición, así como la ficha técnica del vehículo.
¡Lo recomendamos!
Atendiendo a la normativa vigente, el plazo es de cinco años, aunque consideramos que se interponga la reclamación cuanto antes.